Seguridad en obra
Trabajos en altura y andamios: seguridad NOM-009
Los trabajos en altura y andamios requieren una evaluación previa y controles medibles antes de subir personal al frente. Esta guía aterriza la NOM-009-STPS-2011 y los requisitos de construcción de la NOM-031, desde la altura de aplicación y la autorización escrita hasta barandales, rodapiés, estabilidad 1:4, arnés y revisión diaria.
Le sirve a supervisores, cuadrillas y contratistas que organizan fachadas, azoteas, instalaciones o mantenimiento. Usa el checklist al inicio de cada jornada, detén la actividad si cambia la condición de seguridad y consulta proveedores de andamios, EPP y señalamiento para completar el sistema definido.
En este artículo
- Qué norma regula los trabajos en altura
- A partir de qué altura aplica la NOM-009
- Obligaciones antes de subir a un andamio
- Andamio torre: medidas de seguridad que debes medir
- Cálculo de estabilidad 1:4 para andamio torre
- Cuándo es obligatorio el arnés en trabajos en altura
- Escaleras de mano para acceso y trabajo
- Andamios suspendidos, redes y líneas eléctricas
- Checklist diario de seguridad en andamios
- Protección colectiva antes del sistema personal
- Fallas que obligan a detener el trabajo en altura

Respuesta rápida: la seguridad en trabajos en altura y andamios se rige por la NOM-009-STPS-2011. Aplica a labores a más de 1.80 m sobre el nivel de referencia; en un andamio torre, la plataforma a 1.8 m o más requiere barandal de al menos 90 cm y rodapié de 15 cm, y el arnés es obligatorio cuando supera 3.5 m. Revisa el sistema antes de que alguien suba.
Qué norma regula los trabajos en altura
La NOM-009-STPS-2011, “Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura”, permanece vigente. Su texto exige análisis previo del área, medidas de protección, revisión de equipos y capacitación. Para actividades de construcción, el capítulo 14 de la NOM-031-STPS-2011 añade controles para andamios y plataformas.
No resuelvas el riesgo sólo comprando un arnés. La NOM-009 ordena seleccionar protección colectiva o sistema personal contra caídas según la condición del frente. Consulta también andamio: partes y tipos para identificar los componentes que revisarás en sitio.
A partir de qué altura aplica la NOM-009
El numeral 4.33 define trabajo en altura como el que se realiza a más de 1.80 m sobre el nivel de referencia. La definición también alcanza el peligro de caer en aberturas: perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales. Por eso una abertura protegida incorrectamente requiere control aunque la tarea no parezca “en altura”.
Antes de iniciar, realiza el análisis de las condiciones prevalecientes que pide 5.1: nivel de trabajo, bordes, accesos, líneas eléctricas, personal bajo el frente, clima y ruta de rescate. Repite el análisis cuando cambie el lugar, el equipo o la condición de la superficie.
Obligaciones antes de subir a un andamio
La autorización por escrito no es opcional en andamios torre, suspendidos y plataformas de elevación: la exigen 5.3 y 7.2 de la NOM-009. El formato debe contener nombre, tipo de trabajo y lugar; medidas de seguridad; fecha y hora de inicio y duración; y nombre y firma de quien autoriza.
Suspende el trabajo con lluvia intensa, tormentas eléctricas, nevado o vientos fuertes sostenidos, conforme a 7.13. La revisión de equipo corresponde cada año o con la periodicidad del fabricante, la que resulte menor, por personal capacitado; conserva registros de revisión y mantenimiento por al menos un año. Los exámenes médicos se practican por lo menos cada año y se conserva el último mientras la persona siga expuesta a trabajos en altura.
Andamio torre: medidas de seguridad que debes medir
Esta ficha resume requisitos del 9.1. Mide en el andamio armado, no sobre el catálogo ni con piezas aún en el piso.
| Requisito | Medida exigida | Numeral |
|---|---|---|
| Resistencia de estructura y componentes | Al menos 4 veces la carga máxima de personas, materiales y herramientas | 9.1 b) |
| Acceso integrado | Ancho mínimo 40 cm; sobresale 90 cm; descansos cada 6 m o menos | 9.1 d) |
| Barandal | Al menos 90 cm, con baranda intermedia si plataforma está a 1.8 m o más | 9.1 e) |
| Rodapié | Mínimo 15 cm | 9.1 f) |
| Plataforma | Ancho mínimo 45 cm | 9.1 g) |
| Huecos entre tablones | Máximo 2.5 cm | 9.1 g) |
| Tablón | Espesor mínimo 5 cm; con topes sobresale al menos 10 cm | 9.1 g) |
| Estabilidad | Lado menor de base: altura no mayor de 1:4 | 9.1 n) |
| Sujeción | Si no cumple 1:4, sujeta cada 4 m de altura | 9.1 o) |
| Paso peatonal o vehicular | Altura libre 2.5 m o 4.5 m; andamio a 80 cm del paso | 9.1 s) |
| Separación de tránsito o depósito | 60 cm del tránsito y 90 cm de materiales | 9.1 t) |
Cálculo de estabilidad 1:4 para andamio torre
Multiplica el lado menor de la base por 4. El resultado es la altura máxima sin sujeción que permite la proporción de 9.1 n). Por ejemplo, una base de 1 m admite hasta 4 m de altura bajo esta relación; a 5 m ya no cumple y requiere sujetarse cada 4 m conforme a 9.1 o).
Este cálculo no sustituye el instructivo de fabricante ni la revisión de una persona competente cuando hay estabilizadores, ménsulas o voladizos. Tampoco autoriza improvisar: están prohibidos los pasadores sustituidos con clavos, varillas o alambre; mover un andamio móvil con alguien arriba; y usar escaleras de tijera como soporte de tablones.
Cuándo es obligatorio el arnés en trabajos en altura
El numeral 8.4.1 no exige arnés en toda tarea superior a 1.80 m: exige protección colectiva o sistema personal según 7.1, y fija estos casos concretos.
| Situación | ¿Arnés obligatorio? | Regla aplicable |
|---|---|---|
| Borde o abertura sin barrera o restricción | Sí | 8.4.1 |
| Estructura sin red de seguridad | Sí | 8.4.1 |
| Andamio torre de más de 3.5 m | Sí | 8.4.1 |
| Andamio suspendido o plataforma de elevación | Sí | 8.4.1 |
| Escalera de mano de más de 3.5 m | Sí | 8.4.1 |
| Andamio torre hasta 3.5 m | No por ese supuesto; conserva las demás protecciones requeridas | 8.4.1 |
El sistema personal contra caídas lleva arnés de cuerpo completo, línea de vida, conectores, absorbedor de energía y punto o dispositivo de anclaje, según 8.4.2. El anclaje no se ubica por debajo del plano de trabajo o nivel de sustentación. Los conectores requieren cierre y bloqueo automático, con apertura mediante al menos dos acciones deliberadas. La caída libre permitida es de hasta 1.8 m o 3.5 m, según el absorbedor del sistema.
Escaleras de mano para acceso y trabajo
Separa el pie de la escalera una cuarta parte de su longitud hasta el apoyo; esa es la regla 1:4 del 12.2. Para acceder a otro nivel, debe sobresalir 90 cm sobre el borde. No te pares sobre el antepenúltimo peldaño ni subas con objetos que impidan sujetarte. En ascenso o descenso superior a 5 m, una segunda persona sostiene la escalera; a más de 3.5 m aplica arnés.
La escalera no sustituye una plataforma para actividades prolongadas, de fuerza o que requieren ambas manos. Si la tarea pide movilidad lateral o manipular materiales, usa el sistema de trabajo que controle mejor la caída.
Andamios suspendidos, redes y líneas eléctricas
En andamio suspendido de obra, la NOM-031 pide prueba de carga documentada a nivel de suelo y distancia plataforma-muro de 30 cm o menos. Nunca uses charolas de cableado como plataforma ni barriles, tambores, blocks de concreto o escaleras de tijera como estructura; tampoco sujetes el sistema a canaletas, bajantes o pararrayos.
Las redes de seguridad se extienden al menos 2.5 m fuera del borde y quedan a no más de 6 m por debajo de la superficie protegida. Mantén distancia mínima respecto de líneas: 3.10 m hasta 50 kV, 3.75 m a 115 kV y 4.90 m a 230 kV.
Checklist diario de seguridad en andamios
| Punto de revisión | Confirmación en campo |
|---|---|
| Autorización | Documento vigente con lugar, duración, medidas y firma |
| Base | Firme, nivelada y sin objetos improvisados |
| Estructura | Pasadores y uniones completos, sin sustituciones |
| Estabilidad | Proporción 1:4 cumplida o sujeción cada 4 m |
| Plataforma | 45 cm mínimo, sin huecos mayores de 2.5 cm |
| Bordes | Barandal de 90 cm y rodapié de 15 cm cuando aplica |
| Acceso | Integrado, 40 cm mínimo y extensión de 90 cm |
| Arnés | Usado en los supuestos de 8.4.1 |
| Anclaje | Por arriba del nivel de sustentación |
| Entorno | Zona inferior delimitada y distancias eléctricas respetadas |
| Clima | Sin lluvia intensa, tormenta, nevado ni viento fuerte sostenido |
| Rescate | Responsable, comunicación y respuesta definidos |
Haz la revisión antes de que suba la primera persona y repítela cuando se mueva el andamio, se retire una protección, cambie el clima o se modifique la plataforma. Una lista marcada desde la caseta no equivale a inspeccionar el frente: confirma con cinta las distancias críticas, observa si el acceso está integrado y recorre la zona inferior para retirar personal ajeno a la maniobra.
En cada turno identifica a quien detendrá el trabajo si la condición cambia. Esa persona debe conocer la autorización escrita, verificar que siga dentro de su horario y duración, y comunicar el cierre al terminar. Si el andamio fue alterado, no basta continuar con el documento anterior: revisa de nuevo las condiciones prevalecientes, corrige el sistema y deja trazabilidad de la nueva decisión.
Protección colectiva antes del sistema personal
Primero controla la caída con el diseño del frente: barandales, rodapiés, plataformas completas, cubiertas de aberturas, delimitación y redes cuando procedan. Luego integra el sistema personal contra caídas en los casos que marca 8.4.1. Esta secuencia protege también a quien circula cerca del andamio y reduce la posibilidad de que herramientas o materiales caigan sobre el nivel inferior.
No retires un barandal para subir material sin sustituir ese control. Planea el suministro antes de armar la plataforma y delimita el área bajo el frente. Cuando se trabaje sobre pasos, comprueba las holguras de 2.5 m para peatones o 4.5 m para vehículos y mantén los 80 cm entre andamio y paso que exige la NOM-009.
Fallas que obligan a detener el trabajo en altura
Detén el frente si falta plataforma, barandal exigido o rodapié; si el andamio descansa sobre objetos; si alguien pretende moverlo con personal arriba; si el arnés se conecta a un punto no autorizado; o si hay clima que la NOM-009 obliga a suspender. Corrige, vuelve a inspeccionar y emite una nueva autorización si cambió la condición.
Incluye estos controles en las pláticas de seguridad en obra antes de iniciar el turno. Para completar el sistema, consulta equipo de seguridad industrial en el directorio y selecciona productos compatibles con la tarea.
Fuentes
- NOM-009-STPS-2011, texto oficial — DOF
- Guía informativa NOM-009-STPS-2011 — STPS
- NOM-031-STPS-2011, capítulo 14 — DOF
Preguntas frecuentes
¿Qué norma regula los trabajos en altura?
La NOM-009-STPS-2011 regula las condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura. En obra, el capítulo 14 de la NOM-031-STPS-2011 agrega medidas para andamios y plataformas.
¿Desde qué altura se considera trabajo en altura?
La definición 4.33 de la NOM-009 considera trabajos en altura los realizados a más de 1.80 m sobre el nivel de referencia. También incluye el riesgo de caída en aberturas, perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales.
¿Qué EPP se usa en trabajos en altura?
El sistema personal contra caídas incluye arnés de cuerpo completo, línea de vida, conectores, absorbedor de energía y punto o dispositivo de anclaje. Casco, calzado y lentes se seleccionan según el riesgo complementario de la tarea.
¿Necesito autorización escrita para un andamio?
Sí. La NOM-009 exige autorización por escrito para andamios torre, andamios suspendidos y plataformas de elevación. Debe indicar trabajo, lugar, medidas, inicio, duración y firma de quien autoriza.
¿Cuándo es obligatorio el arnés?
Es obligatorio en los supuestos del 8.4.1: bordes o aberturas sin barreras, estructuras sin red, andamio torre a más de 3.5 m, andamio suspendido, plataforma de elevación y escalera de mano a más de 3.5 m.
Cómo elaboramos este contenido: datos tomados de normas oficiales, fichas técnicas de fabricantes y precios públicos de referencia. Los precios cambian por ciudad, proveedor y volumen.
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