Seguridad en obra

Recarga de extintores: cuándo hacerla y qué debe incluir

La recarga de extintores restituye el agente extintor después de una descarga o cuando el mantenimiento determina que hace falta. No consiste en añadir presión: el procedimiento regulado exige vaciar el equipo, revisar por dentro el cilindro y sus componentes, cargar agente nuevo, presurizar, comprobar fugas y documentar el servicio con etiqueta y, cuando corresponde, collarín.

Esta guía sirve a residentes, gerentes de mantenimiento, responsables de seguridad e higiene, administradores y jefes de brigada que deben conservar extintores disponibles en una obra, nave, oficina, comercio o restaurante. Explica qué revisar en campo, cómo recibir el servicio y qué evidencia pedir al prestador sin confundir la recarga con el mantenimiento anual o la prueba hidrostática.

En este artículo
  1. Recarga, mantenimiento y prueba hidrostática: diferencias que cambian el servicio
  2. Cuándo hay que hacer una recarga de extintores
  3. Paso a paso de una recarga de extintores profesional
  4. Recarga según el agente extintor y su cilindro
  5. Recarga en sitio o por recolección sin dejar áreas desprotegidas
  6. Etiqueta y collarín de un extintor recargado: qué recibir
  7. Cómo elegir prestador para la recarga de extintores
  8. Extintores que no se deben recargar
  9. LGA Contra Incendios: recarga y mantenimiento en Querétaro y el Bajío
Recarga de extintores: cuándo, proceso y NOM-154

Respuesta rápida: un extintor se recarga después de cualquier uso, incluso parcial, y cuando la revisión mensual o el mantenimiento anual identifica una condición que lo requiere: manómetro fuera de zona verde, sello violado o peso de CO₂ menor a su capacidad nominal. La recarga debe hacerla un prestador verificado conforme a la NOM-154-SCFI-2005: descarga el equipo, inspecciona cilindro y partes, coloca agente nuevo, presuriza, prueba fugas y entrega etiqueta y, en equipos PQS aplicables, collarín.

Recarga, mantenimiento y prueba hidrostática: diferencias que cambian el servicio

La recarga es el reemplazo total del agente extintor por uno nuevo y, cuando corresponde, certificado. El mantenimiento es más amplio: implica revisión completa interna y externa, pruebas de funcionamiento y, si se necesita, reparación, cambio de partes y reemplazo del agente. La NOM-002-STPS-2010 exige mantenimiento por lo menos una vez al año y exige recargar después de utilizar el equipo o como resultado de ese mantenimiento.

La prueba hidrostática tampoco equivale a una inspección visual. Somete el cilindro a una prueba para confirmar su integridad y se vuelve necesaria, entre otros casos, cuando desaparece la contraseña inscrita, no hay fecha clara de la última prueba o el tanque está golpeado. Para cilindros de presión contenida de agua, CO₂ y polvo químico seco, la NOM-154-SCFI-2005 fija un intervalo de al menos 5 años.

ServicioQué incluyeCuándo se haceBase normativa
Revisión mensualEstado físico, sello, indicador o peso y registro de anomalíasDentro del programa anual de revisiónNOM-002-STPS-2010, 7.2 y 7.3
MantenimientoRevisión interna y externa, pruebas y reparación cuando procedaAl menos una vez al añoNOM-002-STPS-2010, 7.18
RecargaReemplazo total del agente por uno nuevoTras uso o como resultado del mantenimientoNOM-002-STPS-2010, 7.19; NOM-154-SCFI-2005
Prueba hidrostáticaVerificación de integridad del cilindroAl menos cada 5 años o antes por daño o ausencia de contraseñaNOM-154-SCFI-2005, 5.6

Para decidir cantidad, clase y distribución de extintores no sustituyas el análisis de riesgo por la fecha de servicio: consulta cuántos extintores necesita una obra y conserva cada equipo disponible en su ubicación asignada. La programación de mantenimiento de extintores ordena las revisiones y el historial que permite detectar cuándo procede recargar.

Cuándo hay que hacer una recarga de extintores

Una descarga no tiene que vaciar por completo el cilindro para alterar su condición de servicio. Después de cualquier uso se recarga, aunque haya sido breve; en extintores de PQS, el polvo visible en el cuerpo de la válvula puede indicar una descarga parcial. También se recarga si el mantenimiento interno exige vaciarlo, porque el agente que se retira no se vuelve a colocar como si fuera una simple reposición de presión.

Estas señales justifican apartar el equipo y coordinar el servicio:

  • Se utilizó para controlar un conato, incluso parcialmente.
  • El manómetro de un extintor presurizado está fuera de la zona verde.
  • El sello, fleje, seguro o marchamo está violado o falta.
  • El CO₂ no conserva la capacidad nominal que indica su etiqueta; este tipo se controla por peso, no por manómetro.
  • Un extintor con cartucho presenta indicio de activación, o el mantenimiento anual detecta una condición interna que requiere recarga.
  • El cilindro debe abrirse para una prueba hidrostática o tiene un golpe que demanda evaluación antes de ponerlo de nuevo en servicio.

Qué revisar y registrar cada mes

La revisión mensual permite detectar estos casos antes de que el equipo haga falta. Revisa manómetro en zona verde en los equipos presurizados, sello o fleje intacto, ausencia de corrosión, golpes y daños en manguera, boquilla o palanca. En CO₂ verifica que conserve la capacidad nominal, y en los de cartucho confirma que no exista evidencia de activación.

Registra fecha, persona que revisó, resultado, anomalías y seguimiento. Ese registro no convierte al usuario en prestador de mantenimiento: su función es mantener la trazabilidad, separar los equipos con desviaciones y solicitar el servicio con un inventario verificable.

Paso a paso de una recarga de extintores profesional

La NOM-154-SCFI-2005 requiere procedimientos por escrito para cada tipo de extintor y agente. El orden protege al técnico y evita que un cilindro aparentemente completo vuelva al sitio con un agente incompatible, una fuga o partes adaptadas. Las refacciones deben cumplir la NOM aplicable, ser preferentemente originales con garantía del proveedor y no deben usarse adaptaciones en las partes.

Un procedimiento de recepción y recarga debe dejar evidencia de las siguientes etapas:

  1. Se recibe el equipo con una orden de servicio foliada que identifica cliente, tipo y capacidad de cada extintor.
  2. Se despresuriza y descarga en un recipiente cerrado; después se vacía el agente y se desensambla el equipo.
  3. Se inspeccionan cilindro, válvula, manguera, boquilla, empaques y O-rings; se sustituyen las partes dañadas con refacciones certificadas.
  4. Se verifica la marca de la prueba hidrostática. Si no es clara, desapareció o el cilindro está golpeado, se realiza la prueba antes de continuar.
  5. Se carga agente nuevo del mismo tipo, se arma el conjunto y se presuriza con nitrógeno seco a la presión de operación indicada en la placa.
  6. Se realiza prueba de fugas por inmersión o con detector, se coloca seguro y marchamo, y se emite la etiqueta nueva y el collarín cuando aplica.
  7. Se archiva la orden de servicio; el prestador debe conservar esta documentación por al menos 2 años y la garantía mínima es de 1 año si se conserva el marchamo.
Técnico pesa un extintor de polvo químico seco en báscula mientras lo presuriza con nitrógeno durante la recarga.
La recarga termina con el pesaje del agente nuevo, la presurización con nitrógeno y la prueba de fugas antes de colocar etiqueta y collarín.

Recarga según el agente extintor y su cilindro

El agente de la placa determina el procedimiento; no es admisible intercambiarlo por conveniencia. En particular, el polvo ABC no debe mezclarse con polvos alcalinos como BC o Purple-K: esa combinación puede generar presión peligrosa. Para agentes limpios, el prestador debe contar con un sistema que los retire sin pérdida durante la revisión interna y después los reincorpore.

La tabla siguiente concentra categorías y referencias del dosier. Los intervalos de la Guía VII de la NOM-002-STPS-2010 son una recomendación no obligatoria; para la prestación del servicio en México prevalece lo dispuesto por la NOM-154-SCFI-2005.

AgenteClases de fuegoCategoría NOM-154Particularidad de recargaReferencia de prueba
PQS ABCA, B y C2 o 4No mezclar con polvo BC; collarín en presión contenida con manómetro5 años en presión contenida; 12 años con cartucho exterior como guía
PQS BCB y C2 o 4Debe conservar el agente indicado en placa5 años en presión contenida; 12 años con cartucho exterior como guía
CO₂B y C5Se controla por peso, no por manómetro; requiere equipo de alta presión5 años; guía: máximo 4 pruebas
AguaA1 o 3Revisión del cilindro y de sus partes desensambladas5 años
Espuma AFFF/FFFPA y B1 o 3La guía refiere cilindro inoxidable5 años
Químico húmedoA, B y K2Solución de acetato, carbonato o citrato de potasio5 años
Agente limpioA, B y C2Recuperación sin pérdida durante la revisión interna5 años

Recarga en sitio o por recolección sin dejar áreas desprotegidas

El servicio fuera de taller está permitido si el prestador demuestra a la persona acreditada que cuenta con los equipos, herramientas y sistemas de seguridad del taller. Esto no convierte cualquier vehículo en estación de recarga: para PQS, por ejemplo, la norma contempla báscula verificada de al menos 20 kg con precisión o lectura de 10 g o menor, sistema de llenado, tanque de nitrógeno con reguladores de dos etapas y medios para detectar fugas.

La recolección puede concentrar un lote y facilitar pruebas que requieren equipo especializado; el servicio en sitio puede reducir los movimientos del inventario. En ambos casos, la NOM-002-STPS-2010 exige colocar temporalmente en la misma ubicación otro extintor al menos del mismo tipo y capacidad. No asumas que el prestador ofrece sustitutos: programa la cobertura con los equipos disponibles en el inmueble.

Antes de recibir al técnico, prepara esta información operativa:

  • Inventario por ubicación, tipo, capacidad y condición visible de cada extintor.
  • Plano o relación de ubicaciones para devolver cada equipo al punto correcto.
  • Acceso seguro para el retiro o la unidad de servicio y una persona autorizada para firmar la orden foliada.
  • Extintores temporales del mismo tipo y capacidad para cubrir cada ubicación durante el servicio.
  • Registro de las anomalías encontradas en la revisión mensual y de las fechas de mantenimiento disponibles.

La coordinación de inventario debe dialogar con el sistema general: una alarma contra incendio avisa del evento, pero no reemplaza un extintor retirado; la respuesta inicial depende también de una brigada contra incendio que conozca los equipos disponibles.

Etiqueta y collarín de un extintor recargado: qué recibir

La etiqueta anterior se retira. La nueva debe ser plástica o plastificada, ir al frente sin quedar tapada por el cincho e incluir razón social o marca con RFC, teléfono y domicilio del prestador; instrucciones con nemotecnia en un área de al menos 10 × 15 cm, clases de fuego en un área de al menos 10 × 5 cm, contenido neto y tipo de agente. Además, debe mostrar el mes y año del servicio mediante perforación, la contraseña oficial NOM-106-SCFI-2000 y el número de dictamen de cumplimiento.

El collarín no aplica a extintores de gases. Se exige únicamente en extintores de PQS de presión contenida con manómetro; debe ser de material no elástico que no pueda retirarse sin abrir el equipo, e identificar razón social, contraseña oficial, mes y año del servicio y holograma de la unidad acreditada y aprobada. Al recibir el lote, pide el número de dictamen en la etiqueta y contrástalo con la orden de servicio.

Cómo elegir prestador para la recarga de extintores

El prestador de servicio que contempla la NOM-002-STPS-2010 es una persona física o moral verificada en la NOM-154-SCFI-2005 por una persona acreditada y aprobada. Pide una propuesta que separe mantenimiento, recarga y prueba hidrostática si corresponde; así puedes identificar qué condición activó el trabajo y no tratar el conjunto de equipos como si hubiera recibido el mismo servicio.

Evalúa que entregue contrato de adhesión inscrito ante PROFECO, orden foliada, garantía de funcionamiento por al menos 1 año con marchamo íntegro, etiqueta completa y aviso por escrito si identifica equipos que deben desecharse. También confirma que pueda realizar o gestionar la prueba hidrostática necesaria y que no proponga adaptar válvulas o partes. Para comparar el alcance documental y operativo, revisa cómo elegir proveedor de construcción.

No uses el precio como único criterio. El costo depende del agente, capacidad, número de unidades, modalidad en sitio o por recolección y de si el cilindro requiere prueba hidrostática; esos factores deben aparecer en la cotización y en la orden de servicio.

Extintores que no se deben recargar

La NOM-154-SCFI-2005 excluye del mantenimiento a los extintores de soda-ácido, espuma química y líquido vaporizante; también a los de agua o anticongelante con cartucho interior no inoxidable ni recubierto, y a los cilindros de cobre o bronce con remaches o soldadura blanda. Si el prestador los detecta, debe informar al propietario que se desechan y reemplazan. Los extintores no recargables tampoco se someten a recarga.

Un cilindro golpeado requiere prueba hidrostática antes de volver al servicio, no una recarga apresurada. La guía de referencia no obligatoria de la NOM-002-STPS-2010 también recomienda dar de baja equipos con pliegues, expuestos al fuego o dañados de forma que comprometa el recipiente. La decisión de baja debe documentarse para actualizar inventario y reposición, sin reutilizar un equipo fuera de condición.

LGA Contra Incendios: recarga y mantenimiento en Querétaro y el Bajío

LGA Contra Incendios ofrece recarga en sitio o por recolección de extintores PQS ABC/BC, CO₂ y clase K. Su servicio incluye verificación de cilindro, válvula y manguera, además de collar y etiqueta de inspección, elementos que permiten integrar la recepción del equipo al control de mantenimiento del inmueble.

La empresa también ofrece mantenimiento preventivo calendarizado con bitácora, revisión anual y prueba hidrostática conforme a NOM-154-SCFI, así como programas multisede con inventario y reportes por inmueble. Para una entrega o reposición, su ficha señala venta de equipo con documentación para Protección Civil y asesoría técnica con visita, normativa aplicable y propuesta de cantidades y distribución.

Para cotizar, LGA Contra Incendios solicita municipio, tipo de instalación y actividad, superficie, equipo existente y fecha objetivo; atiende Querétaro y el Bajío, con proyectos en otros estados. Complementa la coordinación operativa con un simulacro de incendio y el programa de sistema contra incendio para nave industrial cuando el inmueble lo requiera. Para localizar otras opciones, consulta las demás empresas de equipo contra incendios.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Un extintor que no se ha usado también se recarga?

No necesariamente cada año, pero sí recibe mantenimiento al menos una vez al año conforme a la NOM-002-STPS-2010. Si durante ese mantenimiento se vacía para revisión interna o el agente no está en condiciones, se recarga con agente nuevo.

¿Cuánto dura la garantía de una recarga?

La NOM-154-SCFI-2005 obliga al prestador a garantizar el funcionamiento por lo menos 1 año, siempre que el extintor conserve el seguro o marchamo. Si el sello se rompe, esa garantía deja de aplicar.

¿Cómo se revisa un extintor de CO₂ si no tiene manómetro?

Se revisa por peso: debe conservar la capacidad nominal indicada en su etiqueta, conforme a la NOM-002-STPS-2010. Si el peso queda fuera de la tolerancia indicada en la placa, el fabricante indica recargarlo.

¿Puedo pedir que recarguen mi extintor ABC con polvo BC?

No. Debe recargarse con el agente indicado en su placa; mezclar polvo ABC con polvos alcalinos puede generar presión peligrosa dentro del cilindro.

¿Qué hago con los extintores mientras están en recarga?

La NOM-002-STPS-2010 pide reemplazarlos en su misma ubicación por otros al menos del mismo tipo y capacidad mientras reciben servicio. Planea la rotación antes de entregar el lote al prestador.

¿Cada cuánto se hace la prueba hidrostática?

La NOM-154-SCFI-2005 pide hacerla al menos cada 5 años en cilindros de presión contenida de agua, CO₂ y PQS, y antes si el tanque está golpeado o perdió su contraseña inscrita. La guía no obligatoria de la NOM-002-STPS-2010 señala para CO₂ un máximo de 4 pruebas, equivalente a 20 años de vida útil.

Cómo elaboramos este contenido: datos tomados de normas oficiales, fichas técnicas de fabricantes y precios públicos de referencia. Los precios cambian por ciudad, proveedor y volumen.

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